Hace un par de semanas publicamos una entrada exponiendo una cláusula real. Era relativa a publicaciones en medios de comunicación y redes sociales incluida en el contrato que vinculaba a un jugador con un club profesional. Hoy nos vamos a centrar en otra cláusula del mismo contrato pero referida al mundo de las apuestas deportivas.
Un caso real
En el caso real que exponemos la cláusula que comentamos limita cualquier apuesta a realizar por el futbolista de las siguiente manera:
«El jugador se obliga a cumplir la normativa que fuera de aplicación en materia de integridad de la competición, y en particular, la relativa a la prohibición de participar de manera directa o indirecta en cualquier tipo de apuesta deportiva.
En particular, a título meramente enunciativo y sin carácter limitativo, el jugador se abstendrá de llevar a cabo actos que conlleven arriesgar cantidades de dinero u otros objetos de valor económico, en forma de envites, quinielas o apuestas, sobre los resultados de competiciones o de eventos deportivos, oficiales o no.
Asimismo, el jugador se abstendrá de realizar cualquier acción o conducta que tenga como finalidad predeterminar o alterar de manera deliberante y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición. El jugador se obliga a informar al club de cualquier conducta que pueda conocer que suponga una alteración de manera deliberada y fraudulenta.
En el supuesto de que el jugador, resultase sancionado por el organismo competente con la inhabilitación temporal o definitiva para la práctica del futbol por ser declarado responsable; el club podrá dar por resuelto el presente contrato, sin pago de indemnización alguna, o bien conservar los derechos federativos sobre el jugador durante el periodo contractual que reste por transcurrir, pagando únicamente el salario mínimo que corresponda«.

El asunto de Trippier
Los casos sobre futbolistas que se ven involucrados en asuntos de apuestas deportivas son cada vez más frecuentes. Basta con recordar el reciente castigo que ha sido impuesto por la Federación Inglesa de Fútbol. Al jugador del Atlético de Madrid Kieran Trippier por violar la normativa sobre apuestas. Apostó sobre su fichaje en el verano de 2019 desde su entonces club, el Tottenham Hotspur FC, al club colchonero. Fue sancionado siendo apartado de toda actividad relacionada con el fútbol. Se extiende por un plazo de 10 semanas condenándole asimismo al pago de 70.000 libras esterlinas).
El aumento de supuestos como el referido provoca la necesidad de prever dicha vicisitud en los contratos a firmar por clubes y futbolistas. El pacto analizado se encuentra amparado por el principio de libertad contractual. Al mismo ya hicimos referencia en nuestra entrada destacada anteriormente. Recordemos que dicho principio se recoge en el artículo 1255 del Código Civil. Permite a las partes de un contrato establecer las estipulaciones que tengan por conveniente siempre que no afecten a la ley, la moral o el orden público.